Ecologistas en Acción
Andalucía
La Junta de Andalucía ha ocultado esta anulación y sigue aplicando el decretazo
El TSJA ha dictado dos sentencias en relación con el Decreto 15/2011 de 1 de febrero por el que se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques naturales y se aprueban medidas de agilización de procedimientos administrativos. Una sentencia lo anula parcialmente y la otra en su totalidad.
Este Decreto provocó una gran polémica, pues aunque los máximos responsables de la Consejería de Medio Ambiente (CMA) aseguraron que su objetivo era agilizar los trámites administrativos en los parques naturales, en realidad lo que se pretendía era fomentar el urbanismo especulativo en estos espacios protegidos. El Decreto incluía varias normas manifiestamente ilegales: daba prevalencia a los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) sobre las propias normas de protección de los parques naturales -Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG)-, facultaba a la CMA a modificar los PORN y PRUG para “adecuarlos” a los planes urbanísticos y a modificar los límites de los parques naturales de forma arbitraria. Este Decreto contó con un informe muy crítico de los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía y con una dura Resolución del Defensor del Pueblo, que advertía de su ilegalidad y de las nefastas consecuencias que podría tener en los parques naturales.
Tras su aprobación, tanto la Sociedad Española de Ornitología (SEO) como Ecologistas en Acción recurrieron el Decreto ante el TSJA. La base de los recursos era la vulneración de normas legales de rango superior, como es la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (LPNB), ley básica del Estado que prescribe que los planes urbanísticos no pueden contradecir las normas de protección de los parques naturales (PORN y PRUG) y deben supeditarse en todo caso a sus determinaciones.
La estrategia jurídica de la Consejería de Medio Ambiente no ha podido ser más lamentable, intentando que no se admitieran a trámite los recursos aduciendo que ni la SEO ni Ecologistas en Acción están legitimados para presentar un recurso sobre la gestión de los parques naturales, cosa que, lógicamente, el TSJA desestimó en base a los objetivos que tenemos los grupos ecologistas recogidos en nuestros estatutos.
El TSJA dictó sentencia por el recurso de la SEO en septiembre del año pasado, estimándolo y por tanto anulando el mencionado Decreto. La sentencia sobre el recurso de Ecologistas en Acción se dictó el pasado diez de febrero, pero no nos ha sido notificado recientemente. La sentencia, sorprendentemente, no hace alusión a que el Decreto ya había sido anulado en su totalidad por la misma Sala –la Sección Tercera-, y estima solo parcialmente el recurso de Ecologistas en Acción, anulando la facultad del consejero/a para modificar los límites de los parques naturales. Esta sentencia se acompaña de un voto particular del presidente de la Sección Tercera de la Sala de lo Contenciosa Administrativo del TSJA, Magistrado D. Victoriano Valpuesta, que argumenta que la demanda debió ser admitida en su totalidad.
Ecologistas en Acción muestra su satisfacción por estas sentencias que vienen a dar la razón a los que advertimos que este decretazo era manifiestamente ilegal y que sólo pretendía, en plena crisis provocada por el estallido de la burbuja inmobiliaria, fomentar el urbanismo salvaje en los parques naturales. Alguien debería asumir responsabilidades políticas por este revés jurídico y político, y por el hecho de que este decretazo se habría convertido en un arma en manos de especuladores urbanísticos y ayuntamientos corruptos, con gravísimas consecuencias en los 24 parques naturales andaluces, de no ser por la firme oposición de las organizaciones ecologistas, que fue muy criticada por los responsables de la CMA.
Ecologistas en Acción censura el silencio de la Consejería de Medio Ambiente ante estas sentencias, y el hecho de que sigan aplicando un Decreto declarado ilegal, y pide a la sra. consejera un compromiso público de que dejará de aplicarse de forma inmediata y que renuncia definitivamente a modificar las normas legales de los parques naturales para favorecer el urbanismo especulativo.
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